Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Subvenciones para aplicación de Estrategias de Desarrollo Local Participativo, destinadas a “Permitir una economía azul sostenible en zonas costeras, insulares e interiores, y fomentar el desarrollo de comunidades pesqueras y acuícolas”

Documentación

Por internet

Presencial

    • Solicitud
    • Presupuesto o facturas proformas De las inversiones a realizar en los que se reflejen las distintas unidades o elementos que la integran, y en el caso de los supuestos contemplados en el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, deberán presentarse como mínimo tres ofertas de diferentes empresas proveedoras, salvo cuando por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren. en cuyo caso habrá que justificarse correspondientemente.
    • Declaración responsable Para acreditar los requisitos exigidos en las letras d), e), f), g), h), i) y j) del apartado 1, en la letra c) del
apartado 2 y en la letra k) del apartado 3 de la base 9.
    • Declaración responsable de la persona solicitante de la ayuda de aplicación de la normativa pertinente en materia de accesibilidad para las personas con discapacidad.
    • Memoria justificativa y descriptiva del proyecto de inversión a realizar En la misma se recogerán las características técnicas del proyecto, así como las innovaciones tecnológicas, si las hubiera, teniendo en cuenta que:
a) En el caso de obra civil e instalaciones que requieran proyecto técnico, el mismo estará firmado por técnico/a competente y contendrá la información siguiente:

1) Memoria justificativa y descriptiva de las obras e instalaciones a realizar, en donde se recogerán con extensión las características técnicas de la instalación a financiar, las innovaciones tecnológicas introducidas que redunden en una mejora de la calidad de los productos, la conveniencia o necesidad de su puesta en marcha, así como los plazos de ejecución de la inversión y la programación financiera prevista.

 2) Planos.

 
3) Mediciones y presupuesto.

 b) En caso de que la instalación o actuación fuese móvil, se concretará su rango de
movilidad.

 c) En el caso de proyectos de cooperación, acuerdo de participación y compromisos de
cada uno de los GALPA participantes
    • En caso de varios solicitantes
      • Acreditación de la representación (escritura pública, poder notarial, apud acta) En el caso de varios solicitantes se designará una persona representante, acreditando dicho extremo con el correspondientes poder legal.
 Se deberá aportar acuerdo de todas las personas integrantes por el que se regirá la realización de la actividad o conducta subvencionada y su mantenimiento, debiendo
hacer constar expresamente qué compromisos e importe de la subvención solicitada
corresponderán a cada una de ellas en la ejecución de las acciones, ajustado al modelo que
insertado en la solicitud normalizada aprobada en la correspondiente convocatoria.
Este acuerdo también afecta a las Comunidades de Bienes.
    • En caso de persona jurídica:
      • Acreditación de su personalidad Escritura de constitución de la entidad,  Estatutos de la misma y todas sus modificaciones, así como el Titular Real con acta de titularidad real conforme a la Ley 10/2010, de 28 de abril, de Prevención del Blanqueo de Capitales y de Financiación del Terrorismo.
    • En caso de personas jurídicas o entidades sin personalidad jurídica:
      • Certificación de los datos contenidos en el Registro Central de Penados
    • En caso de sociedades mercantiles:
      • Cuentas anuales De los tres últimos ejercicios económicos, depositadas en el Registro Mercantil
    • En caso de comunidades de bienes, organizaciones de pescadores reconocidas, entidades que carezcan de personalidad jurídica, asociaciones declaradas de utilidad pública o entidades sin ánimo de lucro.
      • Documento acreditativo de su constitución y estatuos en vigor.
    • En caso de proyectos productivos:
    • En caso de proyectos no productivos:
      • Plan de gestión Suscrito por técnico/a competente, que deberá identificarse con la titulación universitaria que le faculta para firmar dicho plan
de gestión (Economía, Administración y Dirección de Empresas, entre otros) y que incluirá el plan de financiación y la previsión de ingresos y gastos, así como los indicadores sobre respeto de las exigencias de protección medioambiental, si procede.
    • En caso que se llevarán actuaciones previstas en los Capítulos I, II y IV del FEMPA
      • Documentación Se deberá aportar la documentación establecida en la normativa europea, nacional o autonómica para dichas prioridades.
    • Adquisición de edificios
      • Tasación oficial Se deberá aportar tasación oficial que acredite el valor del suelo y del vuelo del mismo.
    • En el caso de inversiones innovadoras a nivel local.
      • Solicitud de Informe sobre el carácter innovador
    • Si el proyecto de inversión incluye actuaciones que requieran autorización administrativa para su ejecución.
      • Solicitud autorización administrativa para su ejecución.

    (Para descargar los formularios, haga clic con el botón derecho del ratón y seleccione "Guardar destino como..." o "Guardar enlace como..." en el menú emergente)

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Tramitación

Objeto

  • Conceder subvenciones reguladas en la Prioridad 3 del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, orientadas a permitir una economía azul sostenible en las zonas costeras, insulares e interiores, y fomentar el desarrollo de las comunidades pesqueras y acuícolas, para el periodo de programación 2021-2027.
A quién está dirigido:
Ciudadanos, Empresas y Administración
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, organizaciones de pescadores reconocidas o, cualquier otra entidad que carezca de personalidad jurídica que desarrollen un proyecto en alguna de las zonas que cuenten con una Estrategia de Desarrollo Local Participativo, así como los Grupos de Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola (GALPA).
Grado de administración electrónica:
Nivel 2: Descarga formularios
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Los recogidos en la base 9 de la Orden de 11 de septiembre de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones para la aplicación de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, destinadas a permitir una economía azul sostenible en las zonas costeras, insulares e interiores, y fomentar el desarrollo de las comunidades pesqueras y acuícolas, Prioridad 3, del Programa Operativo para España, para el periodo 2021-2027, con cargo al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA).
Cuantía
  • Las recogidas en la base 11 de la Orden de 11 de septiembre de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones para la aplicación de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, destinadas a permitir una economía azul sostenible en las zonas costeras, insulares e interiores, y fomentar el desarrollo de las comunidades pesqueras y acuícolas, Prioridad 3, del Programa Operativo para España, para el periodo 2021-2027, con cargo al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA).
Criterios de valoración y baremación:
  • Los recogidos en las diferentes Estrategias de Desarrollo Local Participativo.
Forma de Abono:
  • La fase de abono se iniciará con carácter general, previa justificación por el beneficiario, y en la parte proporcional a la cuantía de la subvención justificada, de la realización de la actividad o adopción de la conducta objeto de subvención, de cualquiera de las fases en que se pueda dividir la misma o de la anualidad vigente, en los términos establecidos en las bases recogidas en la Orden de 11 de septiembre de 2025.
  • No obstante, se admitirán pagos a cuenta en el caso de las inversiones subvencionables.
  • Dichos abonos a cuenta podrán suponer la realización de pagos fraccionados que corresponderán al ritmo de ejecución de las inversiones subvencionables, abonándose
  • por cuantía equivalente a la justificación presentada, siempre que no supere el 70% de la subvención concedida. No obstante, podrá incrementarse dicho porcentaje siempre que no se rebasen las anualidades presupuestarias fijadas en la convocatoria.

Medios de presentación

Presencial:
Acceda a la Documentación
Registro de entrada de los Grupos de Acción Local del Sector Pesquero y Acuícola (GALPA)
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 18/11/2025 0:0
Fecha Fin: 19/1/2026 23:59

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Estructuras Pesqueras

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Dirección General de Pesca
    Plazo de resolución:
    9 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Artículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria (BOC nº 244, de 19.12.2006)
    Recursos:
    Recurso de Alzada
    Recurso contencioso-administrativo

Normativa

  • Normativa autonómica

    Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

    ORDEN de 11 de septiembre de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones para la aplicación de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, destinadas a permitir una economía azul sostenible en las zonas costeras, insulares e interiores, y fomentar el desarrollo de las comunidades pesqueras y acuícolas, Prioridad 3, del Programa Operativo para España, para el periodo 2021-2027, con cargo al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA).

    Orden de fecha 4 de noviembre de 2025, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria, por la que se convocan de manera anticipada, para el ejercicio 2026, las subvenciones para la aplicación de las Estrategias de Desarrollo Local Participativo, destinadas a “permitir una economía azul sostenible en las zonas costeras, insulares e interiores, y fomentar el desarrollo de las comunidades pesqueras y acuícolas”, que se corresponden con las establecidas en la prioridad 3, del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA), incluidas en el programa operativo para España 2021-2027, previstas en la Orden de 11 de septiembre de 2025, de este departamento

    Normativa estatal

    Real Decreto 95/2009, de 6 de febrero, por el que se regula el Sistema de registros administrativos de apoyo a la Administración de Justicia.

    Normativa europea

    Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    10559

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