Para el supuesto de nuevos solicitantes o de modificación de datos bancarios:
Certificación o documento bancario que acredite la titularidad de la cuenta corriente en la que solicita le sea ingresada la ayuda
Facturas de venta ajustadas a lo dispuesto en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
Relación de reproductoras vendidas especificando: número de identificación individual, código de explotación de destino y número de la guía sanitaria de acompañamiento.
Convocatoria para la campaña 2024. La Acción III.7 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias tiene como objetivo fomentar en el Archipiélago la cría de reproductores de porcino en Canarias destinadas a explotaciones ganaderas del Archipiélago.
A quién está dirigido:
Ciudadanos y Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Podrán acogerse a estas ayudas los productores que cumplan, además de la condición de agricultor activo, los requisitos y condiciones de admisibilidad establecidas para esta convocatoria.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
• Ser titular de una explotación de multiplicación de porcino correctamente inscrita y actualizada en el Registro de Explotaciones Ganaderas de la Comunidad Autónoma de Canarias (REGA).
• Los animales objeto de la ayuda deben haber nacido en explotaciones de multiplicación de Canarias y ser reproductores (código NC 0103 10 00, NC ex 0103 91 10 o NC ex 0103 92 19) destinados al suministro a las explotaciones ganaderas de Canarias. Las hembras reproductoras objeto de la ayuda procederán de explotaciones de multiplicación y serán destinadas a explotaciones de producción, antes de su primer parto. Así mismo, deberán estar identificadas individualmente de manera que se garantice el control de su origen.
• Cumplir con los requisitos legales, sanitarios, de salud pública, de bienestar animal, de identificación animal, de condicionalidad y medioambientales fijados por la reglamentación comunitaria y la legislación nacional.
La ayuda se concederá por cada reproductora vendida durante el año 2024 (a estos efectos se considerará la fecha de emisión de la correspondiente guía sanitaria de movimiento).
Los solicitantes deberán haber presentado declaración de agricultor activo una única vez para la campaña de la solicitud. Dicha declaración se realizará según el formulario 5003 que está publicado en la sede electrónica de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el siguiente enlace:
1. El importe unitario de la ayuda es de 500 euros por hembra reproductora.
Se abonará un complemento de ayuda de un 10% de los importes que correspondieran a los beneficiarios que hayan percibido la ayuda correspondiente para la instalación de jóvenes agricultores del Programa de Desarrollo Rural (submedida 6.1 del PDR 2014-2020 o Intervención 6961.1 del PEPAC 2023-2027) en la campaña en curso o en cualquiera de las cuatro anteriores y que mantengan dicha condición en la campaña objeto de las ayudas dispuestas en esta convocatoria.
2. Estas ayudas se financian con cargo al Fondo Agrícola Europeo de Garantía (FEAGA) y, de acuerdo con la ficha financiera del Programa, se le asigna un importe de doscientos cincuenta mil euros (250.000,00 euros).
Criterios de valoración y baremación:
La Dirección General de Ganadería, a través del Servicio de Producción, Mejora y Comercialización Ganadera llevará a cabo los actos de instrucción necesarios para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba formularse la propuesta de Resolución.
Forma de Abono:
La ayuda se abonará directamente a los que resulten beneficiarios en esta convocatoria, en la cuenta corriente indicada en su solicitud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 del mencionado Reglamento de Ejecución (UE) nº 180/2014, de la Comisión, de 20 de febrero de 2014, el pago se realizará en un único abono en el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2024 y el 30 de junio de 2025.
Medios de presentación
Electrónico:
La gestión telemática de esta actuación administrativa está desactivada porque se encuentra Fuera de Plazo.
Plazo de presentación:
Fecha Inicio: 1/9/2024 00:00
Fecha Fin: 11/10/2024 23:59
Condición: MUY IMPORTANTE: las solicitudes presentadas después del 16.09.2024, serán consideradas para la gestión y el pago, pero el importe de la ayuda se reducirá en 1% por cada día hábil transcurrido. En el caso de que la presentación se realice después del 11.10.2024, se desestimará la solicitud.
Observaciones: Para las reproductoras vendidas entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2024.
Fecha Inicio: 15/1/2025 00:00
Fecha Fin: 25/2/2025 23:59
Condición: MUY IMPORTANTE: las solicitudes presentadas después del 31/01/2025, serán consideradas para la gestión y el pago, pero el importe de la ayuda se reducirá en 1% por cada día hábil transcurrido. En el caso de que la presentación se realice después del 25/02/2025, se desestimará la solicitud.
Observaciones: Para las reproductores vendidas entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2024.
El plazo máximo de resolución y notificación de esta convocatoria no podrá superar el plazo máximo de pago previsto en el artículo 36 del Reglamento de Ejecución (UE) nº 180/2014 de la Comisión, de 20 de febrero de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) nº 228/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión.
Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
Desestimatorio
Artículo 152.2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria (BOC nº 244, de 19.12.2006).
Recursos:
Recurso de Alzada
Normativa
Normativa autonómica
Resolución de 23 de mayo de 2008, por la que se establecen las condiciones para la concesión de las ayudas para la producción de reproductores de porcino en Canarias, Medida II.7 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, publicado mediante Orden de 10 de noviembre de 2006. (BOC nº 122, de 19.06.2008)
Orden de 28 de noviembre de 2017, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para las medidas que componen el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias [POSEI]
Orden de 29 de septiembre de 2022, por la que se modifica la Orden de 28 de noviembre de 2017, que aprueba las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para las medidas que componen el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias (POSEI).
Extracto de la Orden de 14.08.2024 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria por la que se convocan para la campaña 2024, las ayudas de la Acción III.7 "Ayuda para la producción de reproductores de porcino en Canarias, del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias
Normativa estatal
Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
Normativa europea
Reglamento (UE) Nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n. 637/2008 y (CE) n. 73/2009 del Consejo
Códigos identificativos
Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):
2485
Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):
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