Sede electrónica del Gobierno de Canarias

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Fraccionamiento del pago en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Documentación

Tramitación

Objeto

  • Fraccionar en un máximo de tres anualidades las autoliquidaciones o liquidaciones complementarias devengadas por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
A quién está dirigido:
Ciudadanos, Asociaciones y Empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Grado de administración electrónica:
Nivel 2: Descarga formularios
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • Debe tratarse de autoliquidación o de liquidación provisional girada como consecuencia de la adquisición de viviendas destinadas a domicilio habitual y permanente del sujeto pasivo y cuya superficie útil no exceda de 120 metros cuadrados
Tasas:
No se exigen

Medios de presentación

Presencial:
Acceda a la Documentación
En el caso de las solicitudes de fraccionamiento de deudas derivadas de autoliquidaciones, deberán presentarse en las Oficinas de Atención Tributaria o en las Delegaciones Tributarias Insulares (ver web de la Agencia Tributaria par la localización de las mismas). En el caso de las solicitudes de fraccionamiento de deudas derivadas de liquidaciones giradas por la Administración, podrán presentare en cualquier oficina de registro.
Plazo de presentación:
Periodo cada año
Fecha Inicio: 1/1/
Fecha Fin: 31/12/
  • Condición: Antes de que expire el plazo reglamentario de pago o, en su caso, de la presentación de la autoliquidación.

  • Más nformación

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