Sede electrónica

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Compensación económica a empresas por su colaboración en la realización de prácticas profesionales no laborales.

Documentación

Por internet

    • Solicitud Solicitud compensación económica (Anexo I)
    • Certificación de las prácticas realizadas (Anexo II)

    Otra documentación de interés:

    La documentación a aportar deberá ser presentada en alguno de los formatos de documentos aceptados.


    Otra documentación de interés:

Tramitación

Objeto

  • Conceder subvenciones destinadas a compensar económicamente a las empresas por su colaboración en la realización de prácticas profesionales no laborales vinculadas a acciones formativas no conducentes a certificados de profesionalidad, impartidas en el marco de los programas formativos con compromiso de contratación dirigidos a personas desempleadas.
A quién está dirigido:
Cooperativas y Autónomos y Pymes y Grandes empresas
Inicio del trámite:
Interesado
Beneficiarios:
Las empresas donde se realizan prácticas no laborales vinculadas a la realización de acciones formativas con compromiso de contratación, que hayan sido autorizadas previamente por el SCE.
Grado de administración electrónica:
Nivel 4: Tramitación electrónica completa
Se publica en la Ventanilla Única Europea:
No
Requisitos previos:
  • No podrán obtener la condición de entidades beneficiarias las empresas en las que concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Las entidades solicitantes de los proyectos deberán estar dadas de alta a terceros en el Sistema Económico Financiero de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Cuantía
  • La empresa donde se realizarán las prácticas no laborales tendrán derecho a percibir una compensación económica por importe de cinco euros (5 €) por persona y hora de prácticas efectivamente realizadas para compensar la realización de las mismas, en la que se incluye el coste de la suscripción de una póliza colectiva de accidentes de trabajo y de responsabilidad civil.
  • Las subvenciones están condicionadas a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la concesión.
Criterios de valoración y baremación:
  • No hay baremación.
Forma de Abono:
  • El pago de las subvenciones para financiar la ejecución de prácticas profesionales no laborales a las empresas se realizará con la correspondiente resolución de concesión.

Medios de presentación

Electrónico:
Acceda a la gestión telemática.
Plazo de presentación:
  • 1 mes a contar desde el día siguiente al de la fecha de finalización de las prácticas de la última persona participante en cada acción formativa

Más nformación

Quién tramita

  • Órgano que tramita:
    Servicio de Formación I

Quién resuelve

  • Órgano que resuelve:
    Servicio de Formación I
    Plazo de resolución:
    3 meses
    Efectos del silencio cuando el trámite se inicia por el interesado:
    Desestimatorio
    Articulo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. General de Subvenciones.
    Recursos:
    Recurso de Alzada

Normativa

Códigos identificativos

  • Sistema de Información de la Comunidad Autónoma de Canarias (SICAC):

    6971
  • Sistema de Información Administrativa del Estado (SIA):

    2860157

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